28 Trámites contratados hoy

¿Es obligatorio tener un Certificado Energético?

Si, la obligación impuesta por el Real Decreto 235/2013 iniciada en junio de 2013, indica que todos los propietarios de un inmueble con intención de alquilar o vender​ tienen que poseer un certificado de eficiencia energética.

¿Qué ocurre si no lo tengo?

En muchos casos a la hora de comprar o alquilar una vivienda o un local, habrás leído "certificado energético en trámites". Bien, eso es porque si no informas de la eficiencia energética de dicho inmueble no puedes proceder con el resto del papeleo.

No disponer del certificado energético a la hora de la venta o alquiler, supone una ​multa de entre 250 y 6.000€​​, sumado a que tendrás que sacar el certificado de todas maneras. Poca broma pudiendo hacer las cosas bien desde el principio.

Cada certificado energético o etiqueta energética tiene ​una vigencia de diez años​ desde el momento en el que se emite, y deberá ser guardado para futuras inspecciones o próxima renovación.

¿Puedo librarme del Certificado Energético? Siempre hay excepciones...

Un poco más arriba hemos hablado de que cualquier persona o entidad que quiera entrar al mundo inmobiliario tiene la obligación de presentar este documento pero, como todo en esta vida, tiene excepciones.

  • Edificios religiosos o​ monumentos históricos.
  • Viviendas que no vayan a alquilarse durante más de 16 semanas al año.
  • Aquellos edificios empleados para aspectos industriales o agrícolas.
  • Inmuebles que hayan sido demolidos o destruidos o que vayan a ser una construcción provisional.
  • Los edificios que dispongan de menos de 50 metros cuadrados habitables.
  • Garajes o trasteros.
Cargando...